Plan Personal de Retiro (PPR)

Tu retiro no puede depender solo de tu pensión

Construye tu propio fondo para los 65 años, protege a tu familia desde el primer día y recupera parte de lo que ahorras con la deducción que permite la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

Deducible conforme a los arts. 151 y 185 LISR Ahorro en UDIS o dólares Protección por invalidez y fallecimiento
La pregunta que pocos se hacen a tiempo

¿Con cuánto vas a vivir cuando dejes de trabajar?

Para muchas personas, la pensión pública no alcanzará a cubrir el mismo nivel de vida. Entre más pronto empieces, menos tendrás que aportar cada mes.

El tiempo es tu mejor aliado

A los 35 años tienes tres décadas para construir tu fondo. A los 50, el plan se diseña distinto, pero sigue siendo posible.

Independientes y empresarios

Si no cotizas o cotizas por debajo de tu ingreso real, tu pensión será menor. Un PPR te da control sobre tu retiro.

¿Eres Ley 73 del IMSS y estabas pensando en la Modalidad 40? Las condiciones cambiaron. Desde el 22 de octubre de 2026, las nuevas inscripciones y reinscripciones tienen como tope el último salario registrado más 1 UMA, como medida temporal. Un PPR puede complementar tu estrategia de retiro sin depender de esas reglas.

Fuente: Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG del H. Consejo Técnico del IMSS, publicado en el DOF el 21 de octubre de 2026.
Así funciona

Tres pasos para tu retiro

Aportas durante el plazo pactado

Defines una aportación de acuerdo con tu edad, tu ingreso y la meta que quieres alcanzar. Tu ahorro se constituye en UDIS o en dólares.

Deduces en tu declaración anual

Tus aportaciones reducen tu base gravable, dentro de los límites de la LISR. Eso puede traducirse en saldo a favor o en menos impuesto a pagar.

Te retiras a los 65 años

Recibes tu fondo en una sola exhibición o como renta mensual. Mientras tanto, tú y tu familia están protegidos.

Mucho más que un ahorro

Lo que incluye tu Plan Personal de Retiro

1. Retiro: tú decides cómo recibirlo

Al llegar a tu edad de retiro (65 años), eliges la forma de entrega que mejor se adapte a tu vida.

  • Pago único: recibes el 100% de tu capital acumulado en una sola exhibición.
  • Rentas mensuales vitalicias: un ingreso de por vida, con opciones de aguinaldo de retiro, traspaso a tu cónyuge o periodo de garantía para tus herederos, según la modalidad elegida.
  • Plazo determinado: también puedes recibir tu fondo durante un número definido de años.

Opciones de entrega a los 65 años

Pago únicoTodo tu capital, en una sola exhibición.
Renta vitaliciaUn ingreso mensual mientras vivas.
Plazo determinadoPagos durante los años que elijas.

2. Protección familiar desde el primer día

Tu plan no solo te protege a ti en el futuro: también protege financieramente hoy a quienes dependen de ti.

  • Protección por fallecimiento: si llegaras a faltar antes de tu jubilación, tus beneficiarios reciben la suma asegurada contratada.
Asesora entregando a una mujer el cheque de la indemnización de su seguro

3. Protección ante invalidez total y permanente

Si un accidente o enfermedad te impide seguir trabajando, tu plan de retiro sigue adelante.

  • Exención de pagos: la aseguradora absorbe las primas restantes y tu fondo sigue creciendo hasta tu retiro, para entregártelo a los 65 años.
  • Pago anticipado: recibes liquidez inmediata con la suma asegurada de invalidez total y permanente, para adaptarte a tu nueva etapa.
Persona en silla de ruedas entregando su póliza a un asesor de seguros

4. Ahorro en UDIS o en dólares

Eliges la moneda de tu plan para proteger el valor de tu ahorro en el tiempo.

  • UDIS: unidad que se actualiza con la inflación, para que tu ahorro conserve su poder de compra.
  • Dólares: una alternativa para diversificar tu patrimonio frente al tipo de cambio.

¿Cuál te conviene?

UDISSi tus gastos futuros serán en pesos y quieres protegerte de la inflación.
DólaresSi buscas diversificar o tienes metas ligadas al dólar.
Beneficio fiscal 2026

Ahorra para tu retiro y paga menos ISR

Las aportaciones a tu PPR son deducibles en tu declaración anual. Te preparamos sin costo una proyección personalizada de cuánto podrías recuperar.

Lo que necesitas saber

$213,973.20
Monto máximo deducible al año en 2026 (5 UMA anuales)
  • Deduces lo menor entre el 10% de tus ingresos acumulables del año y 5 UMA anuales.
  • Se aplica en tu declaración anual (abril del año siguiente).
  • Si retiras antes de cumplir los requisitos del plan, el monto se acumula a tus ingresos y se retiene ISR.

¿Por qué un Plan Personal para el Retiro (PPR)?

CaracterísticaPPR
Deducible en tu declaración anualSí, art. 151 y 185 LISR
Protección por fallecimientoSuma asegurada para tus beneficiarios
Protección por invalidez total y permanenteExención de pagos y pago anticipado
Protección contra inflación o tipo de cambioUDIS o dólares
Disciplina de ahorro a largo plazoPlan con meta y aportación definidas
Asesoría y seguimientoAcompañamiento personal
¿Es para ti?

Un plan para cada etapa

De 30 a 44 años

Tienes el tiempo a tu favor. Con aportaciones moderadas construyes un fondo sólido y proteges a tu familia mientras crecen tus responsabilidades.

De 45 años en adelante

Es momento de acelerar. Diseñamos un plan con la aportación que realmente necesitas para llegar a tu meta y aprovechar al máximo la deducción.

Profesionistas, independientes y empresarios

Si tu pensión no reflejará tu ingreso real, un PPR te da un retiro propio y un beneficio fiscal que se nota en tu declaración.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas

¿Cuánto puedo deducir de mi PPR en 2026?
Lo menor entre el 10% de tus ingresos acumulables del año y 5 UMA anuales, que en 2026 equivalen a $213,973.20 (art. 151, fracc. V, LISR); esto depende de tu régimen fiscal.
¿La deducción del PPR entra en el tope general de deducciones personales?
No. Las aportaciones de la fracción V están excluidas del límite global del artículo 151, por lo que se suman a tus demás deducciones personales.
Soy asalariado, ¿también puedo deducir?
Sí. Aunque tu empresa te retenga ISR cada mes, puedes presentar tu declaración anual para aplicar la deducción y, en su caso, obtener saldo a favor.
¿Cuándo recibo el beneficio fiscal?
Al presentar tu declaración anual, normalmente en abril del año siguiente. Necesitas la constancia que emite la institución por tus aportaciones del año.
¿Qué pasa si retiro mi dinero antes de los 65 años?
Si retiras sin cumplir los requisitos del plan, el monto se considera ingreso acumulable del ejercicio y se retiene ISR del 20% como pago provisional (art. 145 LISR). Por eso es importante definir una aportación que puedas sostener.
¿Qué pasa con mi plan si fallezco?
Tus beneficiarios reciben la suma asegurada por fallecimiento contratada. Así tu familia queda protegida aunque no hayas completado tu plan.
¿Cuánto cuesta la asesoría en JH Seguros?
Nada. Te preparamos sin costo una proyección de tu fondo al retiro y de tu deducción, de acuerdo con tu edad e ingresos.
Rafael Jiménez Sánchez

Esta guía informativa ha sido redactada, revisada y validada por Rafael Jiménez Sánchez, Intermediario Profesional de Seguros autorizado y certificado ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF). Operando bajo las Cédulas Oficiales Tipo A1 y Tipo B con números de registro H382035 y Y415335, respectivamente. Tu tranquilidad, salud y patrimonio están respaldados bajo el marco regulatorio del sector asegurador en México.

Empieza hoy el retiro que quieres mañana

Te preparamos una proyección de tu pensión y de tu deducción fiscal, de acuerdo con tu edad e ingresos. Sin costo y sin compromiso.