¿El seguro cubre maternidad, parto o cesárea?

Rafael Jiménez Sánchez - Agente de Seguros Cédula A1 H382035 y B Y415335 (CNSF)

¿El seguro de gastos médicos mayores cubre el embarazo, parto o cesárea? Conoce los requisitos de la ayuda por maternidad y el periodo de espera obligatorio.

Sí, muchos planes contemplan una indemnización o ayuda económica para maternidad, cubriendo el parto o la cesárea dentro de la red de hospitales en convenio (en algunos planes después del 5.° año de renovación a través de evento programado).

Ofrecen esta cobertura, pero requiere cumplir de forma obligatoria un periodo de espera que suele oscilar en 10 meses a partir de la vigencia de la póliza; si ya existe embarazo al momento de contratar, no aplicará. Ampara complicaciones obstétricas críticas (como preeclampsia), así como los cuidados inmediatos del recién nacido.

Normalmente excluye el control prenatal ambulatorio fuera de hospitalización y tratamientos de fertilidad.

Permite dar de alta al bebé desde su nacimiento con un periodo de gracia para que sus padecimientos congénitos queden cubiertos, conforme a las condiciones de la póliza.

Información elaborada por Rafael Jiménez Sánchez, agente de seguros con Cédulas CNSF Tipo A1 (H382035) y Tipo B (Y415335). Contenido orientativo: las coberturas, exclusiones y condiciones definitivas dependen de la póliza contratada y de las condiciones generales de cada aseguradora. Atención en todo México, con presencia en Ciudad Victoria y Reynosa, Tamaulipas.

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