Rafael Jiménez Sánchez - Agente de Seguros Cédula A1 H382035 y B Y415335 (CNSF)
Los medicamentos que te sean suministrados durante un internamiento u hospitalización estarán cubiertos dentro de la suma asegurada general de tu póliza, conforme a sus condiciones.
Sin embargo, los medicamentos ambulatorios (aquellos que compras en la farmacia para seguir tu tratamiento o recuperación en casa) solo se cubren si tu póliza tiene contratada explícitamente la cobertura adicional o endoso de “Medicamentos fuera del hospital” o “Medicinas adquiridas fuera del hospital”.
Para que proceda el pago, estos medicamentos deben derivar forzosamente de un padecimiento que esté cubierto por la aseguradora y siempre deben contar con su respectiva receta médica vigente que justifique la dosis y duración del tratamiento.
El pago o recuperación de este dinero se realiza generalmente mediante un trámite de reembolso (presentando tus facturas y recetas), o bien, mediante la entrega directa del medicamento utilizando la red de farmacias especializadas en convenio con tu aseguradora.
No te la juegues con tu patrimonio o tu salud. Habla directamente con un asesor de JH Seguros para revisar tu caso.