¿A qué edad puedo retirar mi dinero y cómo me lo entregan?
Rafael Jiménez Sánchez - Agente de Seguros Cédula A1 H382035 y B Y415335 (CNSF)
Conoce a qué edad puedes retirar el fondo de tu PPR y las opciones disponibles según la ley (un solo pago en efectivo o mediante rentas mensuales vitalicias).
Para conservar la totalidad de los beneficios fiscales y exenciones previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la edad estipulada de retiro y vencimiento de la póliza suele fijarse a los 65 años (o un mínimo de 60 años según el artículo fiscal y el diseño contractual específico de la póliza).
Al alcanzar este horizonte de retiro, las aseguradoras ofrecen tres modalidades contractuales para la entrega de tu fondo acumulado:
1) Suma única (pago de contado): Recibes la totalidad de tu capital e intereses acumulados en una sola exhibición, exento de retenciones si cumples los requisitos de edad de la LISR.
2) Renta vitalicia: Conviertes el fondo en una pensión mensual vitalicia calculada actuarialmente, protegiéndote del riesgo de sobrevivir a tus ahorros (con opciones de esquemas transferibles o heredables para tus beneficiarios).
3) Renta temporal: Recibes pagos periódicos mensuales fijos durante un plazo predeterminado de años (por ejemplo, 10, 15 o 20 años).
La elección definitiva de la modalidad no tiene que tomarse al inicio: se define libremente al alcanzar la edad de retiro pactada, adaptándose a tu estado de salud, necesidades patrimoniales y contexto familiar de ese momento.
Información elaborada por Rafael Jiménez Sánchez, agente de seguros con Cédulas CNSF Tipo A1 (H382035) y Tipo B (Y415335). Contenido orientativo: las coberturas, exclusiones y condiciones definitivas dependen de la póliza contratada y de las condiciones generales de cada aseguradora. Atención en todo México, con presencia en Ciudad Victoria y Reynosa, Tamaulipas.
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